Adriana Pelaez
Última actualización: 2026-09-29
La selección de inquilinos es el momento más delicado en la vida de una propiedad de alquiler en Miami-Dade. Un criterio mal redactado o aplicado de forma desigual puede convertir una decisión rutinaria en una queja por discriminación, y las normas aplicables no son una sola: hay una ley federal, una estatal y una ordenanza del condado que amplía considerablemente la lista de características protegidas.
Seleccionar inquilinos es aplicar criterios objetivos, definidos de antemano, a cada solicitud que llega, y dejar constancia de cómo se aplicaron. La documentación no es burocracia: si más adelante alguien cuestiona la decisión, el expediente —solicitud, criterios publicados, informes obtenidos y avisos entregados— es lo que permite explicarla. La ley no obliga a alquilar a cualquiera; obliga a que el motivo del rechazo no sea una característica protegida y a que el mismo estándar valga para todos los solicitantes.
La Ley Federal de Vivienda Justa prohíbe discriminar por raza, color, religión, sexo, origen nacional, discapacidad y situación familiar. El artículo 760.23 de los Estatutos de Florida recoge esa lista y menciona expresamente el embarazo y a quien obtiene la custodia legal de menores. En Miami-Dade la ordenanza va más lejos: el artículo 11A-12 del código del condado prohíbe discriminar por raza, color, religión, ascendencia, origen nacional, edad, sexo, embarazo, discapacidad, estado civil, situación familiar, orientación sexual, fuente de ingresos y condición real o percibida de víctima de violencia doméstica, violencia en el noviazgo o acecho.
El estándar se fija por escrito antes de recibir la primera solicitud: relación entre ingreso y renta, antigüedad laboral, historial de pagos, referencias de arrendadores anteriores, criterios de crédito y política sobre animales de servicio y de asistencia, que no son mascotas. Ese documento se entrega a todo solicitante y se aplica sin variaciones. Cambiar el requisito a mitad de camino, aunque sea con buena intención, es justamente lo que se lee como trato desigual.
Si el propietario usa un informe de consumidor para decidir, entra en juego la Fair Credit Reporting Act. Según la Comisión Federal de Comercio, debe certificar que lo usará solo con fines de vivienda. Cuando toma una decisión desfavorable influida por ese informe —negar la solicitud, subir la renta o exigir un depósito mayor— debe entregar un aviso de acción adversa con el nombre, la dirección y el teléfono de la agencia, la advertencia de que la agencia no tomó la decisión y el derecho del solicitante a disputar datos inexactos y a pedir un informe gratuito en sesenta días. Al terminar, el informe se destruye de forma segura.
Los tropiezos habituales no son dramáticos: anuncios que describen al inquilino ideal en lugar de la propiedad, preguntas sobre el país de nacimiento o la composición de la familia, negativas verbales sin registro, o reglas distintas para quien paga con un vale de vivienda, diferencia que en Miami-Dade cae dentro de «fuente de ingresos». Antes de publicar, conviene que el abogado del equipo revise el anuncio y el documento de criterios.
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Sí, siempre que el requisito esté escrito, sea razonable y se aplique por igual a todos los solicitantes. Lo que no puede hacerse es excluir una fuente de ingresos legítima: en Miami-Dade la fuente de ingresos es una característica protegida.
El crédito es un criterio admisible si figura en el estándar publicado. Cuando el rechazo se apoya en un informe de consumidor, la ley federal exige entregar el aviso de acción adversa con los datos de la agencia.
No. Se tratan como un ajuste razonable por discapacidad, no como mascotas, de modo que una política de «no se admiten animales» no se les aplica sin más. Conviene consultarlo con el abogado.
La ley federal exige el aviso de acción adversa cuando la decisión se apoyó en un informe de consumidor. Aun cuando no sea obligatorio, documentar la decisión protege al propietario si se cuestiona después.
Fuentes: Ley Federal de Vivienda Justa; Estatutos de Florida, artículo 760.23; Código de Ordenanzas de Miami-Dade, artículo 11A-12; Federal Trade Commission, «Using Consumer Reports: What Landlords Need to Know». Consultado el 29 de septiembre de 2026.
Adriana Peláez es asesora inmobiliaria licenciada en el estado de Florida (licencia SL3455310) desde 2019 y trabaja con My Realty Group desde Doral. Acompaña a compradores, vendedores e inversionistas en Miami-Dade junto a un equipo de prestamistas, compañías de título, inspectores, contadores y abogados inmobiliarios. Para revisar su caso puede escribirle o llamar al +1 305 988 7230.
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